Saltar al contenido principal
< Todos los temas
Imprimir

¿Quiénes pueden solicitar la protección por fallecimiento en el SPPAT?

Pueden solicitar la protección por fallecimiento las personas que acrediten tener derecho como beneficiarias de la víctima del accidente de tránsito, conforme al orden establecido por la ley. Entre ellas pueden encontrarse los hijos, cónyuge o conviviente, ascendientes, padres, hermanos u otros herederos que correspondan según la normativa aplicable.

Para acceder al beneficio deberán acreditar su calidad de beneficiarios mediante la documentación correspondiente, como la posesión efectiva u otros documentos que sean requeridos según el caso.

Encuesta de satisfacción clic aquí

Tabla de contenidos
Ir al contenido