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¿Cuánto tiempo tengo para comunicar a mi empleador sobre una enfermedad no profesional?

Según el artículo 177 del Código de Trabajo, el trabajador que adoleciere de enfermedad no profesional debe comunicarlo por escrito al empleador y a la inspección de trabajo respectiva dentro de los tres primeros días de la enfermedad; si no lo hace se entenderá que tal enfermedad no ha existido.

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