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¿Qué es el principio de oportunidad?

El principio de oportunidad es una facultad discrecional de la Fiscalía General del Estado que permite abstenerse de iniciar o suspender el ejercicio de la acción penal pública, siempre que se verifiquen los presupuestos legales establecidos en el COIP. Esta figura procesal se fundamenta en la mínima intervención penal y procede en los siguientes escenarios:

  • Mínima lesividad: Delitos que, por su naturaleza, no afecten gravemente el interés público.
  • Ausencia de interés social: Cuando la persecución penal no resulte necesaria ni proporcional frente al hecho cometido.
  • Reparación Integral: Casos en los que el infractor haya reparado el daño a la víctima de manera satisfactoria y se haya restablecido el equilibrio jurídico.

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