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¿Cuánto tiempo tiene el empleador para cancelar mi liquidación luego de culminar la relación laboral?

El empleador tiene la obligación de elaborar y registrar el acta de finiquito y la constancia de su pago, dentro del plazo de 30 días luego de culminada la relación laboral. En los casos de mutuo acuerdo o desahucio el plazo otorgado es de 15 días contados de igual manera desde la terminación de la relación laboral.

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