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¿Cuál es la autoridad competente para conocer y resolver los conflictos en la relación de arrendamiento?

Usted podrá de conformidad con el Art. 190 de la Constitución solicitar una mediación para resolver el conflicto, ésta es rápida y eficaz o si no podrá comparecer de conformidad al Art. 42 de la Ley de inquilinato ante el juez de inquilinato y relaciones vecinales o quien hiciere sus veces en el respectivo cantón.

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