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¿Si la persona que fallece no es la dueña del vehículo, ¿puede reclamar una protección?

Sí. La protección del SPPAT no depende de que la persona fallecida sea propietaria del vehículo, sino de que haya sido víctima del accidente de tránsito. En caso de fallecimiento, el beneficio puede ser solicitado por sus familiares o beneficiarios que acrediten su derecho conforme a la normativa aplicable.

El SPPAT protege a las personas afectadas por un accidente de tránsito, no al vehículo ni a su propietario. Por eso, si la persona fallecida no era dueña del vehículo, sus beneficiarios pueden solicitar la protección que corresponda conforme a la ley.

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