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¿Existe alguna sanción si fijo un valor muy alto de canon arrendaticio?

Sí, existe una sanción según el Art. 19 de la Ley de Inquilinato, quien cobrare una pensión mayor de la fijada por la Oficina Municipal de Arrendamientos o la Jefatura de Catastros, según el caso, será sancionado con una multa equivalente al valor del canon de arrendamiento mensual cobrado, sin perjuicio de la devolución al inquilino de lo cobrado en exceso, que deberá liquidarse con el interés legal vigente a la fecha en la que se orden la devolución.

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