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¿Qué sucede si la víctima no desea continuar con la tramitación del proceso?

No se puede obligar a comparecer a la víctima en el proceso; sin perjuicio de aquello, la Fiscalía, al ser titular de la acción penal pública, si cuenta con los elementos suficientes para probar la existencia de un delito, deberá continuar de oficio por mandato constitucional.

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