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¿En qué casos no procede la mediación?

La mediación no procede en aquellos casos en los que la ley no permite llegar a acuerdos entre las partes o cuando el conflicto afecta derechos que no pueden ser negociados.
Por ejemplo, generalmente no se puede realizar mediación en los siguientes casos:

No exista voluntad para dialogar y buscar acuerdos.

Delitos graves o de acción pública que, por su naturaleza, deben ser investigados y resueltos por las autoridades judiciales.

Casos de violencia intrafamiliar o violencia de género, cuando exista afectación a la integridad física, psicológica o sexual de una persona.

Situaciones en las que una de las partes no participa de manera voluntaria.

Conflictos relacionados con derechos irrenunciables o que no pueden ser objeto de acuerdo.

Casos en los que exista prohibición expresa establecida en la ley.
Además, la mediación tampoco podrá continuar cuando:

No se logre ubicar o notificar a la otra parte;

Una de las partes no asista a las audiencias convocadas; o,

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