¿Tienes alguna pregunta?
< Todos los temas
Imprimir

¿Se puede declarar la unión de Hecho después del fallecimiento de uno de los convivientes?

Sí es posible, previo un proceso judicial en la cual un Juez de Niñez y Adolescencia o Multicompetente, declare la unión de hecho post mortem.

Tabla de contenidos
Social media & sharing icons powered by UltimatelySocial
Ir al contenido