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¿Cuáles son los requisitos para presentar una demanda en materia de inquilinato?

El Art. 47 de la Ley de inquilinato establece que el arrendador, o quien le represente, no podrá demandar al inquilino sin acompañar a su demanda el certificado de fijación del canon otorgado por la Oficina de Registro de Arrendamientos o de la declaratoria de inscripción a que se refiere el Art. 9 de la ley de inquilinato. Para el efecto, está obligado el funcionario respectivo a otorgar tal copia, con sello de la oficina y firma del empleado, al momento mismo de recibir la declaratoria.  La demanda deberá cumplir los requisitos previstos en el Código Orgánico General de Procesos y adjuntar el contrato de arrendamiento registrado o la respectiva declaración juramentada que se realizará en cualquier momento ante Notario. Así mismo, se debe adjuntar los recibos de pagos y/o factura impagos, así como también el impuesto predial del bien inmueble, testigos entre otras pruebas que se harán uso en la etapa correspondiente.

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