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¿Puede mi empleador obligarme a trabajar horas extras?

No puede obligar el empleador al trabajador a laborar horas extras (suplementarias o extraordinarias) que son aquellas que corresponden a la labor fuera de la jornada ordinaria de trabajo y a la de los sábados, domingos o días feriados, respectivamente; sin embargo de acordar hacerlo voluntariamente, tendrán que ser remuneradas con el recargo respectivo (Art. 55 CT).

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