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¿En que casos se puede allanar un domicilio?

De conformidad con el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental que solo puede ser limitado mediante allanamiento en los siguientes casos excepcionales:

Consentimiento: Cuando la persona que ocupa el domicilio autoriza libremente el ingreso.

Orden Judicial: Cuando existe una autorización escrita y motivada de un juez competente.

Flagrancia: En situaciones donde el delito se está cometiendo o se acaba de cometer.

Emergencia: Ante un peligro grave o inminente para la vida o integridad de las personas.

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