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¿Qué se entiende por deportación e inadmisión en el Ecuador?

Deportación constituye la resolución administrativa mediante la cual, la autoridad de control migratorio dispone la salida del territorio nacional de una persona extranjera, que no podrá reingresar al país por un plazo de tres años contados a partir de su salida de Ecuador. La deportación procederá solamente por las causales establecidas por la presente Ley y guardará apego irrestricto a las garantías del debido proceso consagradas en la Constitución de la República.
La inadmisión es la facultad soberana que tiene el Estado ecuatoriano para negar el ingreso de una persona extranjera en función de una acción u omisión cometida por ésta.

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