Tema: La Corte Constitucional por medio de la acción extraordinaria de protección, resolvió declarar la vulneración: derecho al refugio, derecho y principio de no devolución, derecho a la tutela judicial efectiva; y, derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser escuchados en los procesos que les afecten, esto derivado de la medida de repatriación de un menor no acompañado, solicitante de refugio y con afectaciones a su salud mental, decisión judicial de la cual por medio de la Defensoría Pública se presentó acción de hábeas corpus para precautelar su derecho fundamental a la vida y seguridad, la cual fue rechazada en primera y segunda instancia.