Tema: La Corte Constitucional constató la vulneración al principio y derecho de interés superior de niñas, niños y adolescentes, así como el derecho a la motivación, seguridad jurídica, y al debido proceso en la garantía del cumplimiento de las normas y derechos de las partes, al fijarse la pensión de alimentos desde el momento que la actora impulsó nuevamente la causa y no desde que se presentó la demanda.