Corte Constitucional Sentencia No. 2120-19-JP/21

Tema: Niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad humana, su derecho a migrar y al ingreso regular al Ecuador sin importar su condición migratoria. La Corte Constitucional conforme estándares nacionales e internacionales sobre la protección de derechos humanos, estableció parámetros para la protección de niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad humana determinando: 1. Obligación de todas las entidades públicas y privadas de observar el principio de interés superior. 2. Realizar todos los esfuerzos necesarios para que las niñas, niños y adolescentes permanezcan en condición migratoria regular. 3. Obligación del Estado ecuatoriano de contar con un procedimiento especial para la determinación de sus necesidades de protección.

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