Corte Constitucional Sentencia No. 1589-13-EP/19

Tema: La Corte Constitucional en su argumentación señala que las decisiones jurisdiccionales tomadas en acciones de medidas cautelares, al no constituir prejuzgamiento sobre los derechos supuestamente amenazados, no pueden considerarse autos con carácter definitivo, ante las cuales no procede la interposición de acción extraordinaria de protección.

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