
SUGERENCIAS CIUDADANAS PARA LA
RENDICIÓN DE CUENTAS 2021
El artículo 95 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, señala: la rendición de cuentas se realizará una vez al año.
Por su parte, el artículo 12 de la mencionada Ley establece: “(…) Los informes de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, serán remitidos al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social en el plazo de 30 días posteriores a la fecha de presentación del informe, a fin de que se verifique el cumplimiento de la obligación (…)”.
Con los antecedentes expuestos, con fecha 10 de marzo de 2021, el Consejo de Participación Ciudadana y Control social expidió el Reglamento de rendición de Cuentas, a través de la Resolución No. CPCCS-PLE-SG-069-2021-476, que dentro de su artículo 11 dispone: “(…) habilitar canales de comunicación virtuales y presenciales, de acceso a abierto y público para que la ciudadanía plantee los temas sobre los cuales requiere que la autoridad/institución o sujeto obligado rinda cuentas”.
Por lo expuesto, la Defensoría Pública en uso de sus atribuciones y competencias invita a la ciudadanía a formar parte del proceso de rendición de cuentas del año 2021.
En caso de tener requerimientos con respecto al tema o temas que requiere que la Institución rinda cuentas; por favor; registre la información solicitada a continuación: